LÍNEAS DE AHORRO
AHORRO RENTA DIARIO RDIA:
- Tiene liquidación diaria de intereses sobre un mínimo de $20.000.
AHORRO 6X2 AH62:
- Se apertura y liquida en los meses de enero y julio
- Ahorra $50.000, $100.000, $150.000 mensuales
- Sortea semestralmente $300.000, $600.000 o $900.000 depende del valor ahorrado.
- El sorteo se realiza a través de urna en las instalaciones de Coocervunión, contando con la asistencia de un miembro de la Junta de Vigilancia y un miembro del Consejo.
- Interés de acuerdo al mercado y es fijado por el Consejo de Administración.
Condición: Permanecer con el ahorro activo y al día durante los 6 meses
BONO NAVIDEÑO: El “BONO NAVIDEÑO”
- estará conformado por 1.000 suscriptores numerados del 000 al 999.
- Cada BONO NAVIDEÑO tendrá un ahorro durante 48 semanas consecutivas o 24 quincenas u 11 meses, cuya cuantía se actualizará cada año.
- Desde la primera semana de enero, hasta la última de noviembre, se realizará un sorteo semanal de $100.000, menos la última semana de marzo, la de junio, la de septiembre y la de noviembre, en las cuales el sorteo será por $1.000.000 en cada uno de estos períodos. Cuando el sorteo no quede en poder del público, se reversa la provisión para este premio.
- Todos los sorteos se efectuarán por las tres últimas cifras del Premio mayor de la Lotería de Medellín.
- Participarán en los sorteos los asociados que a la fecha hayan pagado cumplidamente todas las cuotas, de acuerdo con el plan.
- La Cooperativa hará retención en la fuente del 3,5% sobre el valor total del premio recibido, siempre que éste supere los topes que establece la Ley para ello.
- “COOCERVUNIÓN” liquidará el “BONO NAVIDEÑO” haciendo corte al 30 de noviembre de cada año y efectuará la devolución del mismo, junto con la bonificación respectiva, en la primera quincena del mes de Diciembre;
El asociado que decida retirarse de la Cooperativa y tenga ahorros contractuales, le serán devueltos junto con sus demás acreencias, previo cruce respectivo con las deudas que tenga a favor de la entidad.
- Ahorro a término mediante la expedición de CDAT (Certificado de Deposito de Ahorro a Termino).
- El titular del C.D.A.T. será responsable de su guarda y custodia. En caso de extravío, hurto o destrucción parcial o total de éste, el duplicado se expedirá previo cumplimiento de los requisitos establecidos para ello por la Cooperativa y los procedimientos legales que sobre el tema existen;
- El certificado no podrá ser transferido a otra persona sin previa autorización de la Cooperativa y que el nuevo titular sea asociado de la misma. La transferencia de titularidad se hará mediante trámite notarial;
- El certificado no tendrá validez ante la Cooperativa y, por lo tanto, no estará obligada a redimirlo, si para su cancelación el tenedor legítimo lo presenta con borrones, enmendaduras, tachaduras o cualquier otra manipulación que altere la integridad del título;
- La Cooperativa sólo reconocerá como válido el certificado que tenga suscrita la firma y sello del(os) funcionario(s) autorizado(s) por la Cooperativa;
- La cantidad mínima de dinero que recibirá la Cooperativa por este concepto será de CINCO MILLONES DE PESOS ML ($5.000.000)
- El plazo mínimo para los ahorros que se reciban por este concepto será de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha en que se reciba el dinero en la Cooperativa. Los demás plazos serán de 90, 180 y 360 días
- Si transcurridos cinco (5) días hábiles después de la fecha señalada como tiempo de entrega de los depósitos y estos no hayan sido retirados por su titular, se considerará prorrogado el contrato a un período igual al pactado inicialmente. La tasa de interés por este nuevo período, será la que esté vigente en la Cooperativa a la fecha en que se genere la prórroga. (Suprimí un espacio)
- La cancelación del depósito a término solo se hará a su vencimiento o reinversión, mediante presentación personal del depositante y entrega del título original, o mediante representación por autorización escrita de este y verificación del certificado original.
- El asociado al momento de constituir el CDAT, determina si desea el interés capitalizable (entra a formar parte del capital) o si en cada vencimiento se le lleva a una cuenta de ahorros a la vista.
- Garantía prendaria o pignoración: Títulos emitidos por la cooperativa, como CDAT: Para lo cual se requiere:
- Original del título;
- Carta pignoración título;
- Todo asociado que constituya un C.D.A.T., podrá solicitar crédito hasta por su equivalente, sin necesitar de codeudor, siempre y cuando se pacte su cancelación con dichos recursos.
- Los ahorros que queden pignorados a favor de la Cooperativa para respaldar deudas, serán renovados o prorrogados automáticamente en su vencimiento, mientras no haya sido cancelada la obligación.